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Aprobado el Reglamento “monotaurino” para la Plaza de Villena

En el Pleno del pasado 29 de noviembre se aprobó el Reglamento de Uso y Funcionamiento del Edificio Plurifuncional La Plaza por la vía del consenso. Era necesidad –nimia para unos, máxima para otros– ya que se debe rentabilizar un edificio que económicamente está resultando ruinoso para Villena. Se verá si el montante de la recaudación es significativo frente al de la total deuda y cada euro que se saque será uno menos que se deba.
Ceñiré el reportaje al ámbito taurino, dado que la única iniciativa empresarial, la única modalidad artística y la única actividad legal vetada por el Ayuntamiento son las corridas de toros –con la excepción del “monotauro” del día 7– y habida cuenta del acuerdo hallado por todos los grupos políticos. Tras una ronda de consultas, los portavoces me remitieron a la concejal de Cultura y Fiestas Isabel Micó Forte. En el caso de Fulgencio Cerdán, además apuntó con sensatez su intención de que sea un documento vivo y quede sujeto a posibles modificaciones para mejorarlo.

Isabel Micó Forte me explica que “el reglamento se ha elaborado como herramienta para poder ordenar las solicitudes del espacio, la conveniencia y adaptación a las diferentes propuestas que nos llegan para poder adaptar uso, solicitudes, necesidades y gastos que se generan. Ha sido elaborado por técnicos municipales, compartido y participado por todos los grupos políticos, que imagino -por la experiencia de mi partido- habrán compartido el texto con sus militantes”.

También consulté si el Ayuntamiento había invitado a participar a algún colectivo, asociación o particular, y si –al contrario– alguno de estos se había ofrecido para hacer aportaciones, refiriéndome en concreto a las peñas taurinas, obteniendo una respuesta negativa en ambos casos. Seguidamente, Micó prosiguió con sus precisas aclaraciones explicando que “de no haber alegaciones automáticamente quedará definitivamente aprobado el texto. Esto en cuanto a la ordenanza de uso. Con la ordenanza fiscal parece ser que al ser precios públicos entran en vigor automáticamente. Esto lo tiene que confirmar Intervención y están en ello”.

Relacionado con la corrida de fiestas, el ayuntamiento ha decidido que se adjudicarán por medio de un pliego y pedirán la opinión de las peñas taurinas para su realización.

Lagunas en el Reglamento
Sin embargo, a pesar de que nadie más ha presentado alegaciones, este Reglamento no ha tenido en cuenta que en los precios de la Zona 7 (toda la plaza con aire acondicionado) se debería contemplar la diferencia entre un festejo mayor (corrida de toros o de rejones) y un festejo menor (novillada sin picadores, corrida económica, festejo de promoción, festival benéfico, festejo popular, recortadores), rebajándose esos precios a la mitad -como mínimo- para esta modalidad.

Esto no es el capricho de un aficionado, sino una diferenciación ya contemplada en la Ley Taurina, en el Reglamento Taurino e incluso en el correspondiente Convenio Colectivo, que también se hace eco de las diferencias entre las diversas clases de festejos, y según estas se van estableciendo los diferentes condicionantes económicos.

Resulta obvio que los ingresos por un festejo menor son cuatro o cinco veces inferiores, y la posibilidad de beneficio es escasa. Sin embargo, estas corridas son imprescindibles tanto para el fomento de la Tauromaquia como para el recreo de los verdaderos aficionados. Otra cosa será que en Villena esto no interese.

Tampoco se ha previsto –o puede que sí– que el precio fijado para la Zona 3 (ruedo y aseos medianos) resulta de facto una prohibición para que algún particular villenense pueda entrenar con regularidad en La Plaza, salvo que sea millonario.

Un Reglamento de esta índole debe contemplar la excepción para quienes lo necesiten regularmente por motivos de formación académica y sin ánimo de lucro, porque al Ayuntamiento no le costaría dinero si se regulase que su uso se haga coincidir con el horario diurno (luz solar), aprovechando que La Plaza se halle abierta y asumiendo el interesado la responsabilidad civil. Muy especialmente para el caso de los novilleros, exigiéndoles además la garantía de no entrenar con animales.

Acceso a la tauromaquia
Sin profundizar en otras argumentaciones legales, la Tauromaquia está considerada como cultura por diversas razones, pero citaré sólo una: la Medalla de Oro al mérito en las Bellas Artes, que es una distinción que concede el Ministerio de Cultura a aquellas personas o instituciones que destacan en el campo de la creación artística y cultural, o han prestado notorios servicios en el fomento, desarrollo o difusión del arte y la cultura o en la conservación del patrimonio artístico. Otra cosa será que en Villena esto tampoco interese.

Como estoy escribiendo la carta a los Reyes Magos, les voy a pedir unos nuevos mandatarios que gobiernen con tolerancia, sin partidismos y sin exclusiones, pero me huelo que Sus Majestades harán con este deseo lo mismo que con el Scalextric que siempre les pedí. Esperaré soñando y luchando, aunque mi canto sea un aria estéril y a capella.

Ojalá que con el paso del tiempo –y de las gentes–, este Reglamento también facilite el acceso a la Tauromaquia.

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