Ayudas urgentes en materia de comercio y artesanía como consecuencia del Covid-19
Las ayudas a la inversión de la Generalitat serán del 50% o del 70% por establecimiento comercial y del 100% en el caso de los artesanos
El Gabinete de Promoción y Desarrollo informa que la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ha publicado el Decreto 66/2020, de 5 de junio, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas urgentes en materia de comercio y artesanía destinada a sufragar los gastos ocasionados por la crisis de la Covid-19, así como las inversiones a realizar en equipación para el establecimiento comercial y para la venta en mercados de venta no sedentaria.
Se considerarán subvencionables los gastos corrientes en productos y servicios de medidas de protección, prevención e higiene necesarias para garantizar la seguridad del personal, así como los gastos necesarios para la puesta en marcha de servicios logísticos de proximidad como es el reparto a domicilio o el impulso de la digitalización del comercio y la implantación y acceso a plataformas de venta en línea.
El importe de las ayudas podrá ser del 50% o 75% de los gastos corrientes realizados, para los establecimientos comerciales minoristas con un gasto mínimo de 750,00 euros y un límite de 1.500,00 euros de subvención por solicitante o del 100% de los gastos corrientes realizados, para empresas artesanas con un mínimo de gasto de 750,00 euros y un límite de 1.500,00 euros de subvención por solicitante.
Las ayudas a la inversión serán del 50% o del 70% por establecimiento comercial y del 100% en el caso de artesanos situados en municipios de la C. Valenciana.
Estas subvenciones serán compatibles con la percepción de otras subvenciones, se realizará de manera telemática y el plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 9:00 horas del día 15 de junio de 2020, hasta el 31 de julio de 2020.
Para más información pulsa aquí.