Día 8 festivo o no festivo. Decisiones bajo la ignorancia
Está claro que en lo relacionado con la Virgen y su Santuario existe en el pueblo una gran ignorancia, sobre todo por parte de nuestros representantes. Si en mi anterior artículo hacía referencia a las palabras de D. Máximo en cuanto a la titularidad del Santuario, hoy quiero incidir que no es solo la propiedad, el Ayuntamiento tiene la obligación, mientras no se demuestre lo contrario, o renuncie a sus potestad sobre dicho Santuario, de capitanear la voluntad y creencias del pueblo al que representa, por ello no puede echar por tierra nuestra esencia y razón de ser.
Pieza importante y muchas veces olvidada por los poderes fácticos es la Junta de la Virgen, organismo creado por el Ayuntamiento, para que asuma, realice y represente al Ayuntamiento en las tareas propias de éste. Hoy en el siglo XXI la Junta de la Virgen tiene más razón de ser, no olvidemos que estamos en un estado aconfesional, siendo la labor de la Junta la de promover y dar culto a Ntra. Excelsa Patrona en colaboración con el Clero, y así lo viene haciendo desde su creación, siguiendo las pautas marcadas por nuestro ancestros desde su creación.
Desde la aparición de la Sagrada Imagen, y la construcción del Santuario, el Ayuntamiento siempre ha luchado y defendido su Patronato. Así en el año 1522 el concejo pide al Consejo Real de Castilla que le conceda el Patronato exclusivo sobre el Santuario y Casa de Ntra. Sra. De las Virtudes. También el Consejo se obligó a celebrar todos los años dos Votos, y mientras no se demuestre lo contrario ni exista un acuerdo que lo reforme, éstos se siguen celebrando en la actualidad. Por ello es incomprensible y está fuera de toda lógica que ahora sea el Ayuntamiento quien decida si en los días que se celebran estos Votos sea o no Festivo.
El que el 8 de septiembre día la Natividad de Ntra. Sra. y por ende el día de celebración del segundo voto, haya dejado de ser festivo es toda una aberración. La Junta de la Virgen siempre que esto ha sucedido, sin estar de acuerdo, lo ha acatado, pero una de sus obligaciones es defender, cumpliendo sus principios, la Solemnidad de este día. Cuando el Ayuntamiento tiene sus reuniones para decir sobre qué dos días son declarados festivos locales, obviar a la Junta de la Virgen es un craso error, al no tener en cuenta que son muchos los villeneros que todos los años, en la asamblea anual que celebra la Asociación de Nuestra Señora de las Virtudes, solicitan a la Junta que defienda la festividad de este día.
Desde la creación de la Junta de la Virgen, por decisión del Ayuntamiento, que fue el que promovió la creación de esta Asociación, para que fuese ésta la que asumiese el compromiso de nombrar a la Junta, que hasta entonces era competencia exclusiva del Alcalde, la nueva asociación asumía al nombrar a la Junta de la Virgen todas las competencias y funciones propias del Ayuntamiento, a excepción de tres que éste se reservo para sí, como son: El Patronato, el nombramiento de Capellanes y la de mover la sagrada Imagen.
De esta tres, la referida a nombramiento de Capellanes hoy en día ha quedado obsoleta. El de Patronato jamás ha renunciado el Ayuntamiento a ello, por eso sigue vigente. Como sigue vigente el de mover la Sagrada Imagen, de hecho es necesaria autorización del Ayuntamiento para poder traer a Villena la Sagrada Imagen para rendirle culto y celebrar nuestra fiestas patronales y cumplir con el segundo de los votos. Es incongruente, ante estas competencias municipales, que sea el Ayuntamiento el responsable de que el día 8 deje de ser festivo.
Insisto ante esta ignorancia y desconocimiento de la Historia y razón de ser, algo que los gobernantes y encargados de representar a la Junta de la Virgen deben tener siempre presente, y ante la duda consultar, leer y estudiar el porqué de las cosas, y recordarle al Ayuntamiento que como Patrono que lo es del Santuario, no debe descuidar su manutención como edificio público que es, y no dejar toda la carga en la Junta, como tampoco debe olvidar que la celebración de las fiestas Patronales son de competencia Municipal, y en lo que compete a la Junta de la Virgen las subvenciones son necesarias, no se pueden descuidar y dejar todo en el esfuerzo y trabajo de ésta, pues las cuotas de socios y los donativos son insuficientes. Pocos son los Ayuntamientos que cuentan con la suerte de tener a dos entidades Junta Central de Fiestas, para actos cívicos, y Junta de la Virgen, para actos religiosos encargadas de organizar las Fiestas Patronales, que constitucionalmente son de competencia Municipal.
Y volviendo a la razón de ser de este artículo y en mi modesto entender, suprimir el 8 de septiembre como festivo deslegitima el porqué de nuestras fiestas.
Pepe Galbis
Cronista Junta de la Virgen