El juzgado de Villena sobresee la denuncia de un vecino contra los malos olores del vertedero
Pese a que durante los últimos meses desde el ayuntamiento se ha invitado a la ciudadanía a denunciar ante la Guardia Civil o el juzgado los episodios de mal olor que periódicamente sufre Villena, e incluso distintos representantes políticos han presentado reiteradas denuncias, lo cierto es que parece que estas no van a servir de mucho.
Según ha podido saber EPdV, el juez del juzgado de primera Instancia e Instrucción número uno de Villena ha decretado el sobreseimiento provisional, con reserva de acciones a favor del perjudicado, tras la denuncia de un ciudadano sobre los olores que emanan el vertedero de residuos sólidos urbanos de Villena.
El 4 de noviembre de 2015, un vecino de Villena puso una denuncia en el cuartel de la Guardia Civil al detectar olores procedentes, según él, del vertedero municipal de nuestra ciudad. Según relata en su denuncia, mientras se encontraba en su campo se percató de un fuerte olor, muy desagradable, de algún material putrefacto el cual provenía del vertedero. Además matizó que estos hechos los llevaba observando desde dos meses anteriores, aproximadamente, y que los olores aumentaron considerablemente, por lo que consideraba que los olores no provenían de la basura que habitualmente llega a la planta, sino que era de algún tipo de basura con material en descomposición, desconociendo qué tipo de material podría ser.
El denunciante, además, alertó a la Guardia Civil de que en este lugar se encuentran diferentes huertos, animales y numerosas viviendas habitadas que no pueden estar en ese lugar debido a los olores, que son tan intensos que pueden llegar a perjudicar tanto a la cosecha como a los animales, y también a los acuíferos subterráneos debido a la contaminación que produce la planta.
Sin justificación
No obstante, el juez ha desestimado la denuncia, y en su auto, con fecha 15 de diciembre de 2015, señala en sus fundamentos jurídicos que de los actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa. Las emanaciones por olores del vertedero deben de hacerse valer, si procede, a través de otros procedimientos de tutela ajenos a la jurisdicción penal, en virtud del principio de intervención mínima de legalidad, procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641. 1º y, en su caso, en el artículo 779.1.1ª de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Por todo ello, el juez decreta el sobreseimiento de la causa, aunque matizaba que cabe recurso, para lo que da a los interesados un plazo de tres días.
Una vez conocida esta resolución, las personas que hasta el momento han presentado denuncia sobre los olores que, probablemente, emanan del vertedero, han perdido parte de la esperanza que tenían puesta en sus denuncias, pues si este sobreseimiento crea jurisprudencia las denuncias presentadas tienen toda la pinta de acabar convirtiéndose en papel mojado.