Política

El sindicato CSI-F presenta una denuncia contra Juan Carlos Pedrosa por un presunto delito de prevaricación

El pasado 18 de diciembre de 2012 se presentó un escrito en el Juzgado de Instrucción de Villena en el que el delegado sindical del sindicato CSI-F, con arreglo a lo previsto en los artículos 265 y 266 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, formula denuncia contra el concejal delegado de Industria y Comercio de Villena, Juan Carlos Pedrosa, por la comisión de un presunto delito de prevaricación.
Según la denuncia, el 13 de julio de 2011 dos agentes de la Policía Local de Villena levantaron un acta de denuncia por infracción a la Ordenanza Reguladora de Ocupación de la Vía Pública con mesas y sillas para usos de hostelería a una empresa de nuestra ciudad, tramitándose al concejal responsable del área, Juan Carlos Pedrosa, dos días después, el 15 de julio, con registro de salida de la Policía Local nº 1.147.

Según el escrito, “al denunciante, representante sindical de la Sección Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F) del Ayuntamiento de Villena, le consta que por parte de la concejalía de Industria y Establecimientos no se ha procedido a seguir el procedimiento administrativo de dicha Acta-denuncia con el fin de no imponer sanción alguna al propietario del establecimiento debido a la amistad del dueño de éste con el concejal denunciado, con el resultado de no haber sido sancionado el causante de la infracción”.

Expediente informativo
Casi un año después, el 14 de junio de 2012, el denunciante presentó un escrito a la Secretario del Ayuntamiento, Amparo Maciá, solicitando la apertura de un expediente informativo sobre los motivos por los que no se había seguido el procedimiento sancionador del expediente incoado por los agentes de la Policía Local, e instando a la depuración de posibles responsabilidades “por dejación de funciones o un posible delito de prevaricación”.

Junto a la denuncia presentada en el Juzgado, se acompaña copia del escrito remitido a la Secretario municipal, donde se alega que los hechos descritos “podrían incardinarse entre los tipificados en nuestro Código Penal como constitutivos de un delito de los previstos y penados en el artículo 404 de dicho texto legal”, que señala que “a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años”.

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