Ayuntamiento

Permitida la instalación de pantallas de TV en las terrazas durante la Eurocopa

En relación con la utilización de aparatos de imagen y sonidos en la vía pública, la Ordenanza de Ocupación de la Vía Pública con Mesas y Sillas para usos de hostelería, establece en su artículo 27, apartado g), que “no podrán instalarse aparatos reproductores de imagen y/o sonido en la vía pública, tales como equipos de música, televisores, o aparatos de cualquier otra índole (equipos informáticos, karaokes, etc.). Asimismo, el titular de la actividad no podrá instalar equipos de estas características en su local, que sean visibles o emitan sonido hacia la vía pública.”
No obstante, excepcionalmente y con motivo de la celebración de la Eurocopa 2012, y a fin de realzar la dinamización de las terrazas en la hostelería, se permitirá la instalación de pantallas en la vía pública junto a sus respectivos establecimientos de hostelería, durante el transcurso de la retransmisión de los partidos, siempre que no se impida el tránsito de las personas y no se produzca contaminación acústica que sobrepase los valores indicados en la Ley 7/2002, de Protección contra la contaminación acústica, de 3 de diciembre de la Generalitat Valenciana.

(Votos: 0 Promedio: 0)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.

Botón volver arriba
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible.

La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Tienes toda la información de privacidad en nuestra página de política de privacidad y política de cookies.