Sucesos

Sale de la cárcel de Villena un agresor sexual por la nueva ley del “solo sí es sí”

Violó a una empleada y recibió una condena de 13 años, que ha sido rebajada en 2 tras la aplicación de la nueva ley

Casi dos meses ha tardado en llegar la polémica Ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la ley del 'sólo sí es sí', a la Comunidad Valenciana. Desde el pasado 7 de octubre, fecha en la que entró en vigor, se elimina la distinción entre agresión sexual y abuso, lo que puede acarrear que las penas por violación se vean reducidas.

De este modo, se ha abierto la posibilidad de que haya condenas que se reduzcan e incluso que un condenado sea excarcelado de manera inmediata, lo que ha generado una gran controversia y un enconado debate entre representantes políticos y judiciales.

Como es el caso ocurrido este jueves, cuando la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante ha dictado un auto por el que rebaja en dos años la pena -de seis a cuatro años- impuesta a un condenado de nacionalidad marroquí por un delito de agresión sexual constitutivo de violación y acuerda su inmediata excarcelación del centro penitenciario de Villena a causa de ese cambio legal.

El Tribunal impuso al reo la pena mínima prevista por el legislador para ese delito en diciembre del año 2010. Al cambiar la ley y ser su aplicación más favorable para él, se le aplica la nueva condena mínima que contempla para el mismo delito el Código Penal tras la reforma operada por la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual.

Esto se debe a que a los penados les asiste siempre el derecho a que se les aplique la norma más beneficiosa aunque sea posterior al momento de dictarse sus condenas, por lo que en el supuesto de autos procede la revisión de la condena impuesta en la sentencia por el delito previsto en los artículos 178 y 179 del Código Penal y la reducción de la pena impuesta por ese delito.

El penado fue condenado en su momento, junto a otros acusados, a un total de 13 años, 9 meses y dos días de prisión desglosados de la siguiente manera: seis años y un día por un delito de agresión sexual constitutivo de violación, otros seis años y un día por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y un año, nueve meses y un día por cometer un delito continuado de falsedad documental.

El preso que será excarcelado violó a una mujer que trabajaba para él. El individuo regentaba un locutorio y una carnicería en localidades de la comarca alicantina de la Marina Alta y también cobraba dinero a compatriotas marroquíes para facilitarles la entrada en España con documentación falsa.

El reo comenzó a cumplir la pena impuesta en la sentencia el 23 de febrero de 2012, por lo que la misma debía quedar extinguida el 17 de octubre del 2024. De esta manera, y al rebajarle dos años la condena por el delito de violación, se ha acordado su inmediata puesta en libertad. Sin embargo, el auto que ordena su excarcelación puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.

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