Tenis

El Tribunal Supremo falla a favor de Juan Carlos Ferrero en su pugna con Hacienda

El Tribunal Supremo confirma la decisión de los magistrados de la Audiencia Nacional que ‘tumbó’ una liquidación exigida al exjugador de tenis de casi 275.000 euros

Juan Carlos Ferrero ha cosechado una gran cantidad de éxitos durante su carrera, entre los que destacan el trofeo de Roland Garros del año 2003 y las dos Copas Davis que levantó con España en los años 2000 y 2004.

Ahora, el extenista español suma una nueva victoria a su palmarés, eso sí, esta vez frente a la Agencia Tributaria.

Según ha informado el Diario 20minutos, el Tribunal Supremo ha confirmado la decisión adoptada en su momento por la Audiencia Nacional en la que se revocó la liquidación exigida al tenista, la cual ascendía a una cantidad cercana a los 275.000 euros.

La cantidad reclamada por Hacienda proviene de una posible tributación incorrecta de los ingresos obtenidos por el tenista derivados de la explotación de sus derechos de imagen.

El núcleo de la controversia radica en que el tenista habría cedido sus derechos de imagen a una empresa que se encargaría de su explotación. Los ingresos percibidos habrían sido declarados como rendimientos del capital mobiliario y no como rendimientos de actividades económicas, con la particularidad de que para estos últimos no resultaba procedente la aplicación de una deducción del 40% que Ferrero habría aplicado.

En su momento, el jugador firmó un contrato de cesión de derechos de imagen en favor de una sociedad en la que el tenista tenía una participación realmente reducida. Según informa 20minutos, la sociedad, que hoy en día gestiona la academia del ahora entrenador de Carlos Alcaraz, le pagaba el 95% de los ingresos percibidos.

El hecho de la reducida participación ostentada por el tenista en la sociedad que gestionaba sus derechos de imagen fue considerada por la Audiencia Nacional a la hora de concluir que las cantidades percibidas por el jugador debían considerarse como «rentas distintas y desvinculadas» del desarrollo de su actividad profesional.

La Audiencia Nacional consideró que las rentas percibidas por el tenista no podían calificarse como rendimientos de la actividad económica, tal y como pretendía la Agencia Tributaria puesto que la retribución percibida «no obedece a la actividad deportiva sino a la cesión de la imagen pública del deportista».

Nada conforme con la resolución, la Agencia Tributaria la recurrió ante el Tribunal Supremo para que, en definitiva, resolviese la siguiente cuestión: ¿Los ingresos que percibió Juan Carlos Ferrero derivados de la explotación de sus derechos de imagen están asociados a su actividad como tenista o, tal y como defiende el jugador, son independientes?

Recordemos que, para hablar de rendimientos de la actividad económica es necesario que los ingresos procedan «del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno solo de estos factores, supongan por parte del contribuyente la ordenación propia de los medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios».

En respuesta a la cuestión planteada, «estos derechos pueden constituir una fuente de ingresos al margen de la propia actividad y, por tanto, éstos pueden calificarse como rendimientos del capital mobiliario». Por lo tanto, el Tribunal Supremo llega a una conclusión similar a la alcanzada, en su momento, por la Audiencia Nacional.

En definitiva, el extenista no deberá abonar los casi 275.000 euros exigidos por la Agencia Tributaria por haber gestionado sus derechos de imagen con una sociedad externa, siendo totalmente acorde a la normativa española la declaración de los ingresos derivados de su explotación, en este caso, como rendimientos del capital mobiliario.

(Votos: 9 Promedio: 4.1)

2 comentarios

  1. Ostras Ferrero está que se sale, entre ésto y lo que está pillando por lo de Alcaraz, ya parece que le puede dar para pagar todos los atrasos que debe al ayuntamiento , y así poner en orden las licencias que todavía hoy no ha regularizado en su academia.

    1. Si eso es así, debe de ser el único ciudadano que ha conseguido poner en marcha una actividad a pesar del ayuntamiento.
      Por lo que eso supone a Juan Carlos le doy la enhorabuena.
      Roland Garros hay todos los años, pero ineptos en el ayuntamiento tenemos los mismos varias legislaturas.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba