El Consell garantiza por decreto la admisión de alumnado para el próximo curso
Circular íntegra remitida por la Secretaría Autonómica de Educación a toda la comunidad educativa
El Pleno del Consell ha aprobado hoy 3 de abril, un decreto ley de medidas urgentes en los ámbitos de la educación, la cultura y el deporte para paliar los efectos de la emergencia sanitaria provocada por la COVID-19 en estas áreas. Así es como lo ha comunicado la Secretaría Autonómica de Educación:
“En el ámbito educativo, la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ha supuesto para las administraciones educativas, para los docentes y para el alumnado un reto sin precedentes.
Los esfuerzos iniciales se han centrado en garantizar el derecho fundamental a la educación constitucionalmente reconocido, mediante una modalidad educativa a distancia, que ha requerido, en un reducido espacio de tiempo, el desarrollo de herramientas de comunicación propias y seguras, la articulación de mecanismos de coordinación en los centros educativos y un gran esfuerzo de adaptación de los equipos directivos, del profesorado, de las familias y del alumnado.
Por otro lado, se han garantizado las prestaciones esenciales a los miembros de la comunidad educativa más vulnerables, con la adopción de medidas de emergencia como por ejemplo las que sustituyen el servicio de comedor para las familias más necesitadas. Así mismo, se han adoptado medidas excepcionales con el objeto de paliar la incidencia negativa, especialmente en los puestos de trabajo, derivada de la suspensión de los contratos públicos vinculados a la actividad educativa, como por ejemplo los que prestan los servicios de comedores escolares o transporte.
Atendidas las necesidades inmediatas, y en el marco de las medidas administrativas de contención fijadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que establece el estado de alarma, hay que adaptar los mecanismos necesarios para la preparación y la puesta en marcha del próximo curso escolar, así como aspectos relacionados con la continuidad de servicios educativos afectados por la suspensión de clases presenciales este curso. Por todo ello, se han aprobado las siguientes medidas:
1. Admisión del alumnado
Se recogen las medidas normativas necesarias para garantizar la tramitación del proceso de admisión y la preparación del inicio del curso escolar 2020/2021, en las circunstancias extraordinarias derivadas de la emergencia sanitaria, que dificultan entre otras, la tramitación de procedimientos, la realización de trámites presenciales, la participación de la comunidad educativa, o la emisión de informes diagnósticos de alumnado.
Por ese motivo, el decreto ley incorpora las disposiciones normativas necesarias para adaptar el proceso de admisión a las circunstancias excepcionales y de confinamiento derivadas del estado de alarma; se adapta la participación de los órganos colegiados, y se prorrogan por el próximo curso las áreas de influencia vigentes en el actual curso a efectos de escolarización. El procedimiento de admisión en las etapas de Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y FP para el próximo curso 2020-2021 se tramitará de forma electrónica, para evitar así trámites presenciales. La Consellería, para garantizar la asistencia y el acceso de todas las familias, habilitará puntos de atención al usuario para las personas que no disponen de medios electrónicos.
2. Ley de Plurilingüismo
Las tareas extraordinarias asumidas por los equipos directivos y por el conjunto de la comunidad educativa, derivadas del cambio temporal al modelo de formación a distancia, hacen aconsejable la prórroga de los proyectos lingüísticos de centro (PLC) vigentes y la modificación del calendario de aplicación de la mencionada ley.
En el decreto ley se establece la prórroga de un año en la implantación del Programa de educación plurilingüe e intercultural (PEPLI) en ESO, Bachillerato, FP y Formación de Personas Adultas, en lugar de realizarse el curso 2020-2021 como contempla la Ley 4/2018, de 21 de febrero, de la Generalitat.
Esta prórroga se adopta porque las medidas de contención vigentes para hacer frente a la Covid -19, imposibilitan la elaboración, modificación y aprobación de los proyectos lingüísticos de centro (PLC) antes del proceso de admisión. Se considera fundamental garantizar la participación de los miembros de cada consejo escolar de centro en condiciones presenciales para realizar las votaciones del PLC por mayoría de 2/3 y esta condición en estos momentos es inviable.
Por lo tanto, todos los centros educativos de Secundaria, Bachillerato, FP y FPA del sistema educativo valenciano, durante el próximo curso 2020-2021, mantendrán los mismos programas lingüísticos que han aplicado este curso.
La Conselleria de Educación adoptará las medidas necesarias para que todo el trabajo realizado hasta la fecha en la elaboración de los Proyectos lingüísticos de centro se retomen en el próximo curso 2020-2021 en el punto en el que se encontraban en cada centro.
3. Educación Infantil (0-3 años)
Para asegurar el fomento de la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil, el decreto ley contempla una ayuda extraordinaria destinada tanto a las escuelas infantiles 0-3 privadas, como a las escuelas infantiles municipales por la misma cantidad que reciben con el Bono Infantil.
Esta medida tiene como finalidad contribuir al mantenimiento de la red de centros educativos de 0 a 3 años, para garantizar, cuando se levante la suspensión temporal de la actividad educativa presencial, la oferta de plazas escolares subvencionadas para la continuación del curso escolar y el inicio del curso 2020-2021 en esta etapa educativa.
4. Ayudas al transporte escolar individual del alumnado
El alumnado beneficiario de la ayuda de transporte escolar individual recibirá su importe íntegro. La Consellería abonará a las familias todas las ayudas individualizadas de transporte escolar concedidas para el curso 2019-2020 para el alumnado que no puede ser incluido en ninguna de las rutas de transporte colectivo autorizadas y que se encuentre escolarizado en Educación Infantil de segundo ciclo (3 a 5 años), Primaria, ESO y Educación Especial, en centros públicos dependientes de la Generalitat.
Esta medida se adopta porque se entiende justificado por los beneficiarios el cumplimiento de la finalidad para las que se concede la ayuda, aunque los días de no asistencia a clase, durante el periodo de suspensión de la actividad educativa presencial consecuencia de la emergencia sanitaria, suponen más del 20 % del total de días del curso escolar.
5. El Plan de Actuación para la Mejora (PAM).
Las medidas impuestas por el estado de alarma imposibilitan la convocatoria ordinaria de las ayudas destinadas a la dotación de recursos para la inclusión educativa y la lucha contra el abandono escolar en los centros concertados, ya que esta convocatoria requiere, entre otras medidas, la realización previa de una evaluación externa por parte de la inspección educativa de los Programas de Actuación para la Mejora desarrollados durante el curso 2019-2020, que no se puede realizar mientras dure la suspensión temporal de la actividad educativa presencial en los centros educativos.
En este sentido, y con el fin de garantizar los recursos necesarios al inicio del curso 2020- 2021, se prevé una ayuda directa para la dotación de recursos destinados a la inclusión educativa y a la lucha contra el abandono escolar temprano, que consolida los recursos otorgados a los centros para el curso 2019-2020. Se garantizan, de esta forma, los recursos necesarios para atender el alumnado con mayores dificultades de aprendizaje. La Conselleria de Educación establecerá las medidas necesarias para que los centros adapten las diferentes actuaciones contempladas en el PAM desarrollado en el curso 2019-2020 a las necesidades del alumnado en el curso 2020-2021.
En el caso de los centros públicos, las actuaciones previstas para determinar los diferentes programas y actuaciones contempladas en el PAM para el curso 2020-2021 se mantendrán tal y como estaban previstas, dado que en este caso no se realiza ninguna convocatoria específica.
Estas son las medidas contempladas en el Decreto Ley que hoy ha aprobado el Consell de la Generalitat Valenciana. Por otra parte, os facilitamos información sobre otros temas:
Evaluaciones de diagnóstico
En la Conferencia Sectorial de Educación celebrada el pasado 25 de marzo, el Ministerio de Educación y las administraciones educativas de las Comunidades Autónomas acordamos por unanimidad la suspensión de las evaluaciones de diagnóstico previstas para el curso 2019- 2020, es decir las censales de 3º de Primaria y 2º de Educación Secundaria y las evaluaciones muestrales de 6º de Educación Primaria y 4º de Educación Secundaria Obligatoria.
Otras medidas
A partir de las propuestas que nos habéis hecho llegar desde las Asociaciones de directoras y directores y de los representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa seguimos trabajando en la simplificación, aplazamiento o suspensión de las tareas burocráticas que no sean imprescindibles, con el fin de que el trabajo de todas y todos se centre en la atención educativa al alumnado y a sus familias.
En el decreto ley, aprobado hoy por el pleno del Consell, ya se han recogido las que requerían ese rango normativo para su realización. Próximamente os remitiremos una adaptación de la Resolución por la que se dictan instrucciones para el inicio de curso con ese objetivo.
Os pedimos, una vez más, que hagáis llegar este escrito a todos los miembros de la comunidad educativa y os reiteramos nuestro agradecimiento por vuestro trabajo e implicación. Os pedimos que nos hagáis llegar cualquier duda o propuesta de mejora para que entre todas y todos podamos seguir dando respuesta a todos los aspectos en los que debemos actuar.