La Rockola de Fernando

La Rockola de Fernando: De mutuas y autónomos

Juan Español es autónomo. Esto es, pertenece a esa raza de españoles que, más que olvidados por el Estado, vive a base de trabajar mucho y pagar muchos impuestos, de sortear mil trabas en todas las administraciones y a base de exponer continuamente su exiguo capital.
Cuentan las malas lenguas que los autónomos son de hierro, que nunca enferman y que a pesar a veces de estar accidentados, siguen y siguen trabajando. Pero no, ni son de hierro, ni son superhéroes. Simplemente son unos trabajadores que si caen de baja cobran unos 600 € al mes, de los cuales deben descontar los 268 € de seguridad social, más los pagos habituales de luz, agua y teléfono. Vamos, que para un autónomo, coger una baja es una total desgracia que hasta pone en peligro su negocio y su familia. Nuestro autónomo, además, cuando cae enfermo, no depende en cuanto a cobro de la S.S., sino que depende de una mutua, ya que si bien los empresarios sí pueden elegir entre mutua y S.S. a la hora de gestionar las contingencias comunes, los autónomos están obligados por ley a depender de las mutuas.

Juan Español hace varios días que no se encuentra bien y por antecedentes en otros momentos de su vida sabe lo que le está pasando. Sabe también que no puede trabajar por mucho que no quiera dejar de hacerlo. Como cualquier otro españolito de a pie, se dirige a su médico, el cual, a la vista de los síntomas y los antecedentes, le diagnostica la dolencia y le receta el remedio y, como es de recibo a la vista del estado del paciente, extiende la correspondiente baja.

Juan Español cumple la ley y envía una copia de esa baja a la mutua que eligió en su día, no por seguir un criterio de calidad o servicio. Simplemente la que le pillaba más cerca. Juan Español ya guarda un mal recuerdo de esa mutua. Hace ya más de un año y tras un infarto, olvidó presentarse a una citación de la misma. El resultado fue que los tres meses que tuvo de baja tras ese olvido no recibió ni un céntimo, pues la mutua que en dichos casos es juez y parte, declaró que de acuerdo a la ley (aplicando el extremo más duro, por supuesto) cesaba en el pago de las prestaciones.

A los dos días de haber enviado ese parte de baja, ya está siendo citado para un primer control, con un médico que atiendo todo, desde los infartos hasta las esquizofrenias. La verdad es que por regla general es un vendedor excelente de humo que sirve a quien debe, a la mutua que le paga, por mucho que intenta ponerse la careta de amigo tuyo. Tras esta visita, le citan con un psicólogo forense, pagado también por la mutua, el cual emite un informe a la vista de los resultados de unos test en el que dice que Juan Español puede estar simulando su enfermedad. Fijaros en lo sibilino del informe, "puede estar simulando", no dice que lo está haciendo, no dice que es un hijo de mala madre, dice "que puede serlo", esto es, crea dudas ya no sobre la enfermedad, si no sobre la honorabilidad de Juan Español. Remite el informe a la Mutua y estos al médico de familia. Al final dejan la papeleta en sus manos con un informe que realmente no determina nada.

Si tienen suerte, ese medico no se querrá mojar y dará el alta al paciente, en cuyo caso la mutua se habrá salido con la suya, que no es otra que rebajar al máximo el índice de días de baja de sus "pacientes", no sé si cobrando alguna prima por ello, aunque se declaren asociaciones sin ánimo de lucro pero, con toda seguridad, evitándose el pagar más dinero a ese paciente. Y es que, para quien no lo sepa, las mutuas pertenecen a la patronal y la patronal no podemos decir que haya mirado nunca mucho por el trabajador. Los autónomos ahí nadan en aguas de nadie, ni son patronal, ni son trabajador, pero la S.S. se los quita de encima en este apartado y los deriva a la mutua, la cual ya hará lo necesario para que le cueste lo menos posible.

Y Juan Español sale de la consulta maldiciendo su suerte, su país y a todos los políticos de todos los países y recuerda de refilón una película que hablaba de una cerilla y un bidón de gasolina y aunque ganas no le faltan, todo se queda en eso, en un pensamiento. Y es que está claro que este no es país para viejos... ni para autónomos.

Nota: "Se considerarán Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, las asociaciones de empresarios que debidamente autorizadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se constituyan con el objeto de colaborar, bajo la dirección y tutela de dicho Ministerio, en la gestión de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del personal a su servicio, sin ánimo de lucro, con sujeción a las normas del presente Reglamento y con la responsabilidad mancomunada de sus miembros. De conformidad con lo establecido en la disposición adicional undécima de la Ley General de la Seguridad Social, podrán asimismo asumir la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes del personal al servicio de los empresarios asociados, así como el subsidio por incapacidad temporal del Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y de los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social".

(Votos: 0 Promedio: 0)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Mira también
Cerrar
Botón volver arriba