Absueltos los funcionarios acusados de “extralimitarse” con un recluso de la cárcel de Villena
El juzgado no ve “rigor innecesario” en la actuación de los trabajadores y condena al interno a 18 meses de cárcel por atentado y lesiones

El juzgado de lo penal número 11 de Alicante ha absuelto a los tres funcionarios de la cárcel de Villena acusados de extralimitarse al inmovilizar con defensas de goma a un preso peligroso que les atacó y ha condenado a este recluso a penas que suman 18 meses de prisión por un delito de atentado y tres de lesiones. La sentencia recoge, además, que los tres funcionarios deberán ser indemnizados con 30.530 euros por el preso.
La Fiscalía solicitó la inhabilitación de los trabajadores al considerar que actuaron con un "rigor innecesario", extremo que no se considera probado en el fallo. Todo lo contrario, la magistrada señala que "la utilización de las defensas estaba justificada y los funcionarios estaban perfectamente legitimados" para usarlas.
El incidente por el que han sido absueltos los tres funcionarios, que llegaron a estar suspendidos de empleo por Instituciones Penitenciarias, ocurrió en agosto de 2021 en el módulo de Aislamiento y al mes siguiente la entonces subdirectora de Seguridad de la cárcel de Villena denunció una falsa agresión de encapuchados un día antes de declarar en la investigación interna por dicho altercado. Este último hecho aún está pendiente de ser juzgado.
Sin extralimitarse
Para la magistrada ponente no está acreditado que los funcionarios de prisiones acusados "se extralimitaran en el uso de sus funciones para intentar en ese momento inmovilizar al preso".
Al contrario, el fallo declara acreditado que los funcionarios, dada la condición del interno de "extremadamente peligroso", estaban autorizados "mediante orden verbal" para utilizar las defensas de goma con tres presos, uno de ellos el ahora condenado por agredir y lesionar a los tres trabajadores.
Los tres funcionarios sufrieron diferentes lesiones causadas por el preso. Dos de ellos tardaron 90 días en curarse y el tercero 195, según se recoge en el fallo.