Cartas al Director

Ayudas de Hacienda para personas con discapacidad y familias numerosas

Es una pena que no se haya dado difusión a un subsidio que puede ayudar a muchas personas

Los “Luises” nos hacen llegar un texto para difundir la existencia de una ayuda de Hacienda a las personas con discapacidad y las familias numerosas. Consideran una “pena” que no se haya dado difusión ni repercusión a una ayuda que “puede ayudar a muchas personas”. A continuación reproducimos su escrito.

La ayuda consiste en 1.200 euros o cheque familiar dirigido a personas con discapacidad que convivan con sus padres, hijos o representantes legales, siempre que tengan una discapacidad reconocida del 33% en el supuesto de familia numerosa que tengan reconocido mediante título. Este importe puede recibirse tanto en un solo pago como fraccionado (por ejemplo, 100 euros al mes).

Este abono adelantado de deducciones de familia numerosa y discapacidad puede solicitarse durante todo el año, por lo que no existe un plazo limitado para pedirlo.

¿Cómo solicitar la ayuda?

La Agencia Tributaria dispone de varios medios para pedir este subsidio, de forma que existen alternativas al desplazamiento a cualquier sede de la Hacienda estatal.

Formas de solicitar la ayuda

  • Internet: con el DNI electrónico o el Pin24h, puedes rellenar el formulario y adjuntar la documentación exigida.
  • Teléfono: marcando el 901 200 345, el número del Centro de Atención Telefónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, teniendo a mano la cuantía de la casilla 415 de la Declaración del IRPF del ejercicio anterior.
  • En cualquier oficina de la Agencia Tributaria: puedes presentar el modelo 143 rellenado y firmado por todos los solicitantes.

Importante: La persona discapacitada como tal no tiene derecho a estas deducciones, quien tiene derecho es el familiar que cumpla los requisitos de renta de convivencia, ingresos... porque es una ayuda por tener un discapacitado a su cargo, por ese motivo el rendimiento económico del discapacitado tampoco puede ser superior a 8.000 euros y no tiene que presentar Renta, porque si los supera ya no está a "cargo" del familiar económicamente.




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2 comentarios

  1. Desde Amif queremos aclarar que estas ayudas se ponen en marcha en el año 2014, y se modifica en el 2018. Y que desde nuestra asociación hemos mantenido informados tanto a nuestra masa social como a todas las personas que nos siguen a través de nuestra web o en las RRSS en repetidas ocasiones desde ese año 2014. Quien necesite cualquier aclaración sobre este u otros temas relacionados con la discapacidad nos tiene a su disposición. Un saludo

  2. No e cobrado la alluda por discapacidad y familia numerosa del mes de febrero quería saber si a ávido algun cambio con las alludas

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